Las políticas y los procedimientos escritos son el núcleo de toda organización, y las políticas del Grupo ADELTE definen nuestros valores y reflejan el compromiso de la organización de operar de acuerdo con los más altos estándares éticos. Nuestras políticas también reflejan los requisitos de diversas leyes y reglamentos que todos los directivos, empleados y profesionales de ADELTE deben cumplir. Puede leer nuestro código ético Corporativo en esta página o descargarlas haciendo clic en el siguiente botón:

1. INTRODUCCIÓN

En ADELTE Group contamos con un Código Ético y de Conducta Profesional que establece un conjunto de principios, criterios y normas que guían nuestra actuación en situaciones empresariales. Es especialmente relevante que sigamos pautas comunes, aprobadas y aceptadas por todos, que cumplan con las más altas exigencias jurídicas y éticas.

Además, este código reafirma el compromiso de las empresas del Grupo de llevar a cabo su negocio de conformidad con las leyes aplicables y los más altos estándares de ética empresarial.

Dado que el entorno en el que operamos ha cambiado y la organización ha evolucionado en muchos aspectos, este año hemos decidido revisar, actualizar y relanzar nuestro Código Ético y de Conducta.

Para que nuestra visión y objetivos se conviertan en realidad, es necesario comportarnos de acuerdo con lo que nos identifica, lo que define nuestra personalidad y los valores que sustentan nuestros comportamientos éticos.

Cada uno de los/las profesionales que formamos parte de ADELTE Group debemos leer, cumplir y hacer cumplir este código, reconociendo su importancia y el compromiso que implica para la organización.

Asimismo, se espera que promovamos entre los grupos de interés con los que nos relacionamos la adopción de patrones de conducta y valores análogos a los establecidos en el Código.

Con esta actualización, buscamos avanzar en la promoción de los valores de ADELTE y mantener los más altos estándares de ética y conducta profesional, lo que nos permitirá seguir construyendo una organización excelente de la que nos sintamos cada vez más orgullosos.

2. OBJETO

Este código reafirma el compromiso de las empresas de ADELTE Group de llevar a cabo su negocio de conformidad con las leyes aplicables y los más altos estándares de ética empresarial, garantizando que todas las personas a quienes se aplica son conscientes de estas normas, tanto legales como éticas. Esto es en interés de nuestros clientes, de la comunidad y de todos aquellos que, de diversas formas, se relacionan con nosotros.

ADELTE ha actualizado este Código en función de los cambios en su entorno y de acuerdo con la nueva normativa aplicable. Este documento contiene las directrices básicas para el ejercicio de nuestra actividad y establece las expectativas de comportamiento ético del equipo que integra el Grupo.

El Código Ético y de Conducta incluye nuestros valores éticos y principios de actuación, que se desarrollan a través de políticas, normas y procedimientos.

Aunque el Código pretende regular el comportamiento diario, no puede abarcar todos los casos y situaciones posibles. Por ello, además de las normas contenidas en él, nuestra conducta debe basarse en los principios de buena fe, integridad y sentido común.

Al ostentar la condición de profesional, directivo/a o administrador/a en cualquiera de las compañías de ADELTE Group, cada persona es responsable, a través de su conducta, de respetar las leyes, los valores, principios y normas del Código, así como otras disposiciones existentes o que puedan surgir.

Todos los/las profesionales están obligados a leer, aceptar, cumplir y hacer cumplir el Código Ético y de Conducta. La observancia de los valores, principios y normas del Código es una condición esencial de nuestra relación como integrantes de ADELTE Group.

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN

El Código Ético es de observancia obligatoria para todas las personas: profesionales, directivos/as, accionistas y administradores/as que prestan sus servicios en ADELTE Group y en las empresas participadas del Grupo (“ADELTE” o “ADELTE Group”). Esto se aplica tanto en nuestras relaciones profesionales internas como externas, con clientes, proveedores y la comunidad en general.

El Código Ético y de Conducta también se extiende a agentes, personas en prácticas y, en general, a todas las personas que trabajen o presten sus servicios en cualquiera de las compañías que integran el ADELTE Group, en cualquier lugar del mundo donde desarrollen su actividad.

Asimismo, ADELTE debe fomentar la adopción de principios y valores similares a los de este Código Ético y de Conducta por parte de sus proveedores. Esto implica comprometerse a analizar que sus contrapartes cuenten con modelos éticos similares, con el objetivo de mitigar posibles riesgos que pudieran surgir en esta materia en sus relaciones con terceros.

4. VISIÓN, MISIÓN Y VALORES

VISIÓN:

Ofrecer la mejor experiencia de embarque en puertos y aeropuertos para los pasajeros en el mundo.

MISIÓN:

Ser el referente en soluciones de productos y servicios de embarque adaptados, eficientes e innovadores, desarrollando excelentes y duraderas colaboraciones con nuestros clientes.

VALORES:

La FLEXIBILIDAD para adaptarse a las necesidades del mercado, el COMPROMISO con nuestros clientes, la ORIENTACION A OBJETIVOS para conseguir el éxito del proyecto, el rigor en la SEGURIDAD y FIABILIDAD en todos los ámbitos de nuestras actividades y procesos, el TRABAJO EN EQUIPO para sumar el talento de los colaboradores, la INNOVACION como una disciplina transversal a la empresa y un elemento clave en nuestra competitividad, y la INTEGRIDAD en todos los aspectos de nuestro trabajo.

5. PRINCIPIOS GENERALES DE ACTUACIÓN

En ADELTE, apostamos por una cultura de cumplimiento como uno de nuestros rasgos identificativos. Nos comprometemos a desarrollar nuestras actividades con el máximo respeto a los reglamentos, leyes y normativas que sean de aplicación, evitando cualquier conducta que pueda contravenirlas, perjudicar la reputación de la organización o afectar negativamente su imagen pública.

Adoptamos el compromiso de llevar a cabo nuestras actividades empresariales de acuerdo con la legislación vigente en cada uno de los países donde operamos, manteniendo un elevado comportamiento ético. Respetamos las leyes y normativas aplicables en cada país sobre competencia, así como todas las normas que favorecen el libre mercado, y competimos de manera lícita en cada mercado.

En algunos países, pueden existir reglas más estrictas que las descritas en este Código Ético; en tales casos, asumimos la necesidad de atenernos a la normativa más rigurosa.

Las actividades de ADELTE Group se desarrollan bajo el respeto a los derechos humanos y a las libertades públicas, de acuerdo con las leyes y prácticas internacionalmente aceptadas, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Mundial de Naciones Unidas y los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en materia laboral.

Esto implica que las personas trabajadoras de ADELTE deben actuar en defensa de los derechos humanos, evitando cualquier conducta que pueda suponer un acto discriminatorio o que atente contra la dignidad de las personas. Rechazamos el trabajo infantil y el trabajo forzado, y en todos los casos, ofrecemos condiciones de trabajo dignas de acuerdo con la normativa.

En ADELTE promovemos un lugar de trabajo respetuoso, con una política de tolerancia cero hacia cualquier acto que pueda ser considerado acoso sexual, tal como se establece en el Protocolo para la prevención y tratamiento de casos de acoso moral, sexual y por razón de sexo en el lugar de trabajo.

ADELTE implementa medidas para garantizar el cumplimiento de los derechos de los trabajadores, no admitiendo prácticas contrarias a estos, ni entre las sociedades que componen el Grupo, ni entre terceros que colaboran con ellas, según lo establecido en la Política de Derechos Humanos de ADELTE.

ADELTE está comprometida con el respeto al medio ambiente y el desarrollo sostenible, contribuyendo a ello a través del uso eficiente de los recursos, la reducción del consumo de energía en nuestras instalaciones y el cumplimiento de la legislación ambiental aplicable en todos nuestros ámbitos de operación.

El cumplimiento de la legislación ambiental es responsabilidad e interés de todos. Cada profesional es responsable de comprender el impacto ambiental de su trabajo y de realizarlo de manera segura, minimizando el impacto medioambiental de nuestras actividades.

En ADELTE, actuaremos en todo momento de acuerdo con criterios de respeto y sostenibilidad, adoptando conductas alineadas con las buenas prácticas medioambientales.

Cualquier clase de información sobre ADELTE: informes, cuentas, balances, objetivos, etc., tiene carácter confidencial y está sujeta a secreto profesional, sin que el contenido de esta pueda ser facilitado a terceros, salvo autorización expresa o bien por requerimiento legal.

Toda la información, reservada y confidencial o no, es propiedad de la empresa.

Los/Las profesionales de ADELTE Group deben utilizar la información reservada y confidencial exclusivamente para el desempeño de su actividad profesional y no podrá ser divulgada al exterior. La divulgación de la Información reservada y confidencial de ADELTE entre las personas trabajadoras del Grupo ha de hacerse en base a criterios de objetividad y amparada siempre en la necesidad o, al menos, conveniencia para llevar a cabo sus tareas.

Todos los documentos o registros de cualquier naturaleza relativos a secretos comerciales o información confidencial de ADELTE Group y sus compañías y/o de sus proveedores, clientes, agentes o distribuidores, que pueda ser adquirida, recibida o elaborada por el profesional durante el desempeño de su trabajo serán propiedad de ADELTE.

6. NORMAS DE CONDUCTA EN LAS RELACIONES CON Y ENTRE LAS PERSONAS

En ADELTE y las sociedades del Grupo, la gestión de Recursos Humanos y las relaciones entre sus miembros parten siempre del respeto escrupuloso a la dignidad y a los derechos de las personas.

ADELTE se compromete a tratar de forma respetuosa, profesional e imparcial a todos los miembros de la Organización y generar un ambiente de trabajo agradable, gratificante y seguro que anime a las personas a dar lo mejor de sí mismas. Las relaciones entre los/las empleados/-as de ADELTE y las sociedades del Grupo y sus proveedores, contratistas y empresas colaboradoras estarán basadas en el respeto profesional y en la mutua colaboración.

En ADELTE se rechaza de manera expresa el abuso de autoridad y cualquier tipo de acoso físico, psicológico o moral, así como cualquier otra conducta que pueda generar un entorno de trabajo intimidatorio, ofensivo u hostil.

ADELTE no tolera, ni tolerará, bajo ningún concepto, el trabajo infantil, forzado u otros incumplimientos de derechos a cualquier Tercero proveedor o equivalente.

En ADELTE se prohíbe que las personas trabajadoras sean objeto de cualquier discriminación, acoso o trato inapropiado por razón de género, raza, color, nacionalidad, religión, opinión pública, edad, orientación sexual, incapacidad, minusvalía y/u otras situaciones protegidas por el Derecho Internacional.

En ADELTE existe el compromiso de proporcionar las mismas oportunidades en el acceso al trabajo y a la promoción profesional de forma objetiva, rechazando cualquier conducta discriminatoria, se aplica una política de formación y promoción que valora el esfuerzo y la dedicación y que alcanza a toda la plantilla.

En virtud de ello, procuramos que la objetividad presida los procesos de contratación, selección y promoción profesional y que, tanto la política de selección como la evaluación de los/las empleados/-as, sean rigurosas e imparciales.

En ADELTE Group respetamos la vida personal y familiar de todos los/las profesionales y promovemos las políticas de conciliación que facilitan el mejor equilibrio entre éstas y las responsabilidades laborales de los mismos.

ADELTE Group, se compromete a proveer a los/las profesionales de un entorno seguro y estable y a respetar la normativa aplicable, adoptando las medidas establecidas en la legislación vigente y las que se puedan promover en el futuro.

Los/las ejecutivos/-as y los/las administradores/-as tienen la responsabilidad de garantizar que los/las profesionales de las empresas contratistas sean conscientes de las disposiciones legales aplicables y que los trabajadores reciban una formación adecuada en materia de seguridad y de salud en el trabajo.

Es responsabilidad de cada profesional, para su propio beneficio y el beneficio de todos, ser consciente de y cumplir con todos los requisitos de seguridad y salud aplicables a su puesto y entorno. Queda totalmente prohibido trabajar bajo los efectos de las drogas y/o el alcohol.

Los/Las profesionales de ADELTE Group deben proteger los activos puestos a su disposición para el desarrollo de su actividad profesional, garantizando un uso apropiado y responsable. Si no se indica lo contrario, el uso de los recursos de ADELTE son exclusivamente para el desempeño de las funciones profesionales que tienen asignadas.

En ADELTE el uso de los sistemas de información y comunicaciones están regulados en la Política de uso de las Tecnologías, de la Información y de la Comunicación estableciendo con carácter general que debe ser principalmente profesional, reservándose la compañía el derecho de monitorizar y reglamentar su uso con finalidades particulares en atención a lo establecido en la legislación aplicable.

ADELTE Group es el titular de los derechos de uso y explotación de los programas y sistemas informáticos, equipos, manuales, informes y el resto de los trabajos, prototipos e instalaciones que se generen por su actividad.

Las personas que formamos parte de ADELTE Group debemos respetar la normativa interna que contiene los Protocolos de Seguridad con las medidas de seguridad, control, y acceso de los sistemas establecidos por ADELTE, así como el uso personal e intransferible de las claves de seguridad.

Para garantizar la protección de la información de ADELTE Group, las personas sujetas se comprometen a utilizar únicamente los sistemas de información y comunicaciones proporcionados por el Grupo para el tratamiento de la información de la compañía.

Igualmente, ADELTE Group se compromete a adoptar las medidas necesarias para reducir la exposición a ciberataques y mitigar sus consecuencias, así como de cualquier delito informático en cualquiera de sus modalidades.

La protección de los recursos, por tanto, también incluye la Información y el conocimiento generado o de su propiedad intelectual o industrial, o incluso la que custodia. Si no se indica lo contrario, la Información a la que tienen acceso los profesionales de ADELTE Group en el desempeño de su actividad debe ser considerada reservada y confidencial.

7. NORMAS DE CONDUCTA EN LAS RELACIONES CON TERCEROS

En ADELTE nos regimos por el Principio Tolerancia Cero a la corrupción y al soborno, rechazando cualquier conducta corrupta tanto en el sector público como privado, nacional e internacional.

Se prohíben expresamente los pagos en metálico, en especie o por medio de otro beneficio o atenciones indebidas a cualquier persona o entidad, pública o privada, con la intención de obtener o mantener negocios u otros beneficios o ventajas.

En ADELTE Group está prohibido realizar, ofrecer o recibir, de forma directa o indirecta, beneficio, obsequio o regalo en metálico, o atención ni siquiera en forma de préstamo o anticipo con carácter general y específicamente los que por su valor o sus circunstancias puedan influir en el desarrollo de las relaciones en las que participen.

ADELTE en este contexto se compromete a:

  • Establecer una adecuada segregación de funciones en todos los niveles jerárquicos del Grupo para evitar en el transcurso de las operaciones la realización de pagos irregulares.
  • Garantizar la adecuada contabilización de todos los pagos y transacciones en la contabilidad mercantil.
  • Disponer de controles específicos sobre transacciones económicas de gran importe o naturaleza inusual, así como sobre cobros o pagos extraordinarios no previstos o aquellos provenientes de paraísos fiscales, comprobando entre otros, las características de la operación y la identidad real del ordenante.

Cada profesional debe esforzarse para actuar éticamente en nombre de ADELTE con los clientes, proveedores, competidores y otros profesionales. Ningún/a profesional debe tomar una ventaja desleal a través de la manipulación, ocultación, abuso de información privilegiada, tergiversación de hechos, o cualquier otra práctica desleal. Los/Las profesionales deben llevar a cabo sus responsabilidades de forma que ADELTE no vea afectada su reputación derivada de conductas no éticas.

Algunos ejemplos de actividades fraudulentas o engañosas pueden ser: robo, fraude o malversación de fondos; facturas falsas o infladas; pago de sobornos a funcionarios gubernamentales; pago o recepción de sobornos; ofrecimiento o recepción, directa o indirectamente, de dinero, bienes o servicios.

Los/Las profesionales de ADELTE Group no podrán dar ni aceptar regalos u obsequios en el desarrollo de su actividad profesional.

Excepcionalmente, la entrega y aceptación de regalos y obsequios estarán permitidas cuando concurran simultáneamente las circunstancias siguientes:

  • Sean de valor económico irrelevante, que, a efectos del presente Código Ético, son aquellos que no superen la cantidad de 200 euros unitariamente y que no consten de unidades por cantidades inferiores que constituyan una adición de valor económico superior.
  • Respondan a signos de cortesía o a atenciones comerciales usuales.
  • No estén prohibidas por la ley o las prácticas comerciales generalmente aceptadas.

Cuando existan dudas sobre lo que es aceptable, la oferta deberá ser declinada o, en su caso, consultada antes con el superior jerárquico inmediato, quien podrá remitir la consulta al Órgano de Compliance.

ADELTE se compromete a competir en los mercados de forma leal impulsando la libre competencia en beneficio de los clientes actuales y los potenciales cumpliendo siempre las normas jurídicas en vigor.

En ADELTE Group asumimos e impulsamos el compromiso de suministrar a nuestros clientes productos de calidad, con un servicio excelente y directo.

Todas las personas de ADELTE Group debemos tener como objetivo la consecución de los más altos niveles de calidad y la excelencia en las relaciones con los clientes, desarrollando unas relaciones basadas en la confianza y en el respeto mutuo.

Todas las personas de ADELTE Group que participen en procesos de selección de contratistas, proveedores y colaboradores externos tienen la obligación de actuar con imparcialidad y objetividad, aplicando criterios de calidad y coste, y evitando la colisión de los intereses personales con los intereses de ADELTE, siendo de obligado cumplimiento lo establecido en la normativa interna de Diligencia Debida de Terceros.

Debemos evitar cualquier clase de interferencia o influencia de clientes, proveedores o terceros, que pueda alterar nuestra imparcialidad y objetividad profesional.

Las personas que trabajan para ADELTE y sus filiales actuarán con la diligencia requerida, manteniéndose alerta frente a operaciones sospechosas por parte de los proveedores ya existentes o potenciales tales como ausencia de documentos que acrediten el origen, precios sensiblemente inferiores a los del mercado, solicitudes de pagos a cuentas ubicadas en paraísos fiscales, etc. y, en tal caso, deberán comunicarlo con la mayor brevedad posible al  Comité de Compliance a través del Canal Ético o al Director del Área o a su superior jerárquico.

Asimismo, aquellas personas que, en el ejercicio de sus cargos y funciones en ADELTE se encarguen de seleccionar proveedores o entablar relaciones comerciales para ADELTE Group, deberán revisar la integridad y honradez de dichos terceros según establece la normativa interna, a fin de evitar que su actuación irregular pueda afectar a ADELTE.

ADELTE es políticamente neutral y no realiza donaciones a partidos políticos, instituciones vinculadas a los mismos o a políticos. Las personas que realizan su actividad profesional en ADELTE, a título personal, pueden formar parte de partidos políticos, y realizar donaciones a estas entidades, siempre fuera de su tiempo de trabajo y manteniendo desvinculada su imagen con la de ADELTE.

Se considerará que existe conflicto de interés en aquellas situaciones en que el interés personal de un/-a profesional de ADELTE Group, o de sus propietarios/-as o directivos/-as, interfiera real o aparentemente con los intereses de la organización o de sus clientes, o de otra área, de manera tal que se vea afectada la imparcialidad requerida en los servicios prestados por ADELTE Group.

En nuestra Política de conflicto de interés se establecen los procedimientos de actuación que deberán seguirse en materia de prevención, o en su caso, tratamiento de los conflictos de interés en los que pudieran encontrarse:  Accionistas, miembros del Consejo, Directivos y resto de los Profesionales en sus relaciones con las empresas de ADELTE Group, así como con clientes, proveedores y otros grupos de interés.

Existirá interés personal del profesional cuando el asunto le afecta a él o a una persona con él vinculada. Tendrán la consideración de personas vinculadas («Personas Vinculadas») al profesional las siguientes:

  • El cónyuge del profesional o la persona con análoga relación de afectividad.
  • Los ascendientes, descendientes y hermanos del profesional o del cónyuge (o persona con análoga relación de afectividad) del profesional.
  • Los cónyuges de los ascendientes, de los descendientes y de los hermanos del conyugue (o persona con análoga relación afectiva).
  • Las entidades en las que el profesional, o “Personas Vinculadas”, por sí o por persona interpuesta, se encuentren en alguna de las situaciones de control establecidas en la ley.
  • Las sociedades o entidades en las que el profesional, o cualquiera de las “Personas Vinculadas”, por sí o por persona interpuesta, ejerzan un cargo de administración o dirección o de las que perciban emolumentos por cualquier causa, siempre que, además, ejerzan, directa o indirectamente, una influencia significativa en las decisiones financieras y operativas de dichas sociedades o entidades.

A título de ejemplo, son situaciones que podrían dar lugar a un conflicto de interés:

  • Negociar o formalizar contratos en nombre de la sociedad con “Personas Vinculadas” al profesional o con personas jurídicas en las que el/la profesional o una “Persona Vinculada” a él, ocupe un cargo directivo, sea accionista significativo o administrador/-a.
  • Ser accionista significativo o de referencia, administrador/-a, consejero/-a, etc. de clientes, proveedores o competidores directos o indirectos de la sociedad.

En relación con los posibles conflictos de interés, los profesionales de ADELTE Group observarán los siguientes principios generales de actuación:

  • Independencia: actuar en todo momento con profesionalidad, con lealtad a ADELTE Group y sus accionistas e independientemente de intereses propios o de terceros. En consecuencia, se abstendrán en todo caso de primar sus propios intereses a expensas de ADELTE Group.
  • Abstención: abstenerse de intervenir o influir en la toma de decisiones que puedan afectar a ADELTE Group, con la que exista conflicto de interés, de participar de las reuniones en que dichas decisiones se planteen y de acceder a información confidencial que afecte a dicho conflicto.
  • Comunicación: informar sobre los conflictos de interés que se puedan generar, previamente a la realización de una operación, al Órgano de Compliance, que evaluará la situación y adoptará las decisiones oportunas, aconsejando, de ser necesario, sobre las actuaciones apropiadas en cada circunstancia concreta.

La información económico-financiera de ADELTE Group refleja fielmente su realidad económica, financiera y patrimonial, de conformidad con los principios contables generalmente aceptados, y las normas internacionales de información financiera y no financiera que sean aplicables. Se prohíbe expresamente ocultar o distorsionar la información contable del Grupo, y se asume el compromiso de que la información aportada debe ser completa, precisa y veraz.

Así mismo, ADELTE cumple con las normativas nacionales e internacionales de carácter tributario y fiscal (Hacienda Pública y Seguridad Social), con especial atención a la reducción de todos los posibles riesgos fiscales significativos y la prevención de aquellas conductas susceptibles de generarlos.

ADELTE se compromete igualmente a asegurarse de que las ayudas públicas que solicite y, en su caso reciba, sean gestionadas correctamente e invertidas de forma adecuada y atendiendo a los usos concedidos.

8. EL ÓRGANO DE COMPLIANCE

El “Órgano de Compliance”  o “Comité de Compliance” es el órgano al que corresponde la interpretación e integración general del Código Ético, ya que por su naturaleza, no abarca todas las situaciones posibles sino que establece los criterios para orientar la conducta de los/las profesionales de ADELTE Group y, en su caso, resolver las dudas que puedan plantearse en el desarrollo de su actividad profesional, estableciendo sus criterios interpretativos como vinculantes para todos los/las profesionales del Grupo.

El Órgano de Compliance es un órgano colegiado de carácter interno y permanente, vinculado al Consejo de Administración de ADELTE Group con poderes autónomos de iniciativa y control, en el ámbito del cumplimiento normativo, buen gobierno, gestión de riesgos, y valoración del sistema de control interno.

El Comité de Compliance tiene acceso irrestricto a toda la información de ADELTE Group incluidas las Actas de Consejo de Administración, a través del Secretario del Comité para el adecuado ejercicio de sus funciones.

A este respecto, todos los/las profesionales de ADELTE Group deben prestarle la colaboración que les sea requerida para el adecuado ejercicio de sus funciones. El Órgano de Compliance contará con los medios materiales y humanos necesarios para el desempeño de sus funciones presentando un Informe al Consejo de Administración de ADELTE al menos anualmente y siempre que lo considere necesario o sea requerido para ello.

El Órgano de Compliance tendrá las siguientes competencias en relación con el Código Ético:

  • Fomentar la difusión, el conocimiento y el cumplimiento del Código Ético y de Conducta,
  • impulsando las acciones de formación y comunicación que considere apropiadas.
  • Supervisar y coordinar la implementación del Código Ético en el Grupo.
  • Interpretar de forma vinculante el Código Ético y resolver todas las consultas o dudas que surjan sobre su contenido, aplicación o cumplimiento, en particular, en relación con el canal de denuncias y la aplicación de medidas disciplinarias.
  • Impulsar los procedimientos de comprobación e investigación de las denuncias recibidas y emitir las resoluciones oportunas sobre los expedientes tramitados.
  • Informar y evaluar anualmente el grado de cumplimiento del Código Ético.
  • Impulsar la aprobación de las normas que sean necesarias para el desarrollo del Código Ético y para la prevención de sus infracciones.
  • Aprobar procedimientos y protocolos de actuación con la finalidad de asegurar
  • el cumplimiento del Código Ético.

La composición, funcionamiento y competencias del Órgano de Compliance se regulan en el Reglamento del Órgano, entendiendo sus competencias sin perjuicio de las responsabilidades de gestión y supervisión que correspondan a la dirección del ADELTE Group y a sus Órganos de Administración.

ADELTE Group dispone de un canal ético o de denuncias acorde con la legislación aplicable, con el objeto de que aquellas personas conocedoras de infracciones graves o delitos cometidos durante el ejercicio de su actividad o relación con la compañía puedan informar.

Todas las personas que sean conocedoras de comportamientos cometidos por cualquier persona de la organización y claramente contrarios a los principios establecidos por este Código Ético utilizarán el canal de denuncias establecido por ADELTE:

  • A través de la web https://www.adelte.com en la sección Código Ético está disponible el Canal Ético corporativo del grupo para poder informar de presuntas conductas ilícitas, explicando su funcionamiento, puede ser utilizado por cualquier persona, incluso de manera anonimizada, cumpliendo así con lo establecido por la Ley 2/2023 de 20 de febrero, reguladora de las personas que informan sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
  • Para los/las profesionales de ADELTE a través del correo electrónico corporativo compliance@adelte.com completando el formulario que consta en la carpeta COMPLIANCE ubicada en el servidor.

Dicho canal permite igualmente la presentación de la comunicación presencialmente, por teléfono o mediante escrito remitido por correo postal al domicilio social de la Compañía.

Los/Las Profesionales que tengan indicios razonables relativos a las materias incluidas en su ámbito de aplicación deberán igualmente comunicarlo a través de cualquiera de los mecanismos establecidos por ADELTE Group a tal efecto.

ADELTE Group asegura que las denuncias recibidas serán convenientemente investigadas -en caso de realizarse de forma anónima siempre que contengan información suficiente para ello- garantizando, en todo caso que se protegerá la identidad y la intimidad de las personas afectadas, la protección frente a represalias del informante que actúe de buena fe, el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos personales, un análisis fiable y objetivo de la posible infracción respetando la presunción de inocencia y el derecho al honor de las personas presuntamente implicadas en la misma.

En cualquier caso, dichas comunicaciones deberán atender siempre a los criterios de veracidad y proporcionalidad, no pudiendo utilizar este mecanismo con fines distintos de aquellos que persigan incumplimientos del Código Ético y de las Normativas Internas de aplicación.

Sin perjuicio de lo anterior, los datos de las personas que efectúen la comunicación podrán ser facilitados tanto a las autoridades administrativas o judiciales, en la medida en que fueren requeridos por tales autoridades. Dicha cesión de los datos se realizará siempre dando pleno cumplimiento a la legislación sobre protección de datos de carácter personal.

La tramitación de las denuncias realizadas a través del canal de denuncias corresponde al Órgano de Compliance. En caso de que la denuncia afecte a un miembro del Órgano de Compliance, éste no podrá participar en su tramitación.

Con carácter general, el denunciado será informado de la existencia de una denuncia en el momento en que se proceda al inicio de las actuaciones de investigación. No obstante, en aquellos supuestos en los que exista un riesgo importante de que dicha notificación ponga en peligro la capacidad de investigar de manera eficaz la alegación o recopilar las pruebas necesarias, la notificación al denunciado podrá retrasarse mientras exista dicho riesgo cumpliendo en cualquier caso con la normativa legal aplicable.

Las personas que efectúen una comunicación a través del Canal de Denuncia deberán garantizar que los datos personales proporcionados son verdaderos, exactos, completos y actualizados. En cualquier caso, los datos que sean objeto de tratamiento en el marco de las investigaciones serán cancelados tan pronto como estas hayan finalizado, salvo que de las medidas adoptadas se deriven procedimientos administrativos o judiciales.

Asimismo, ADELTE Group conservará los mencionados datos debidamente bloqueados durante los plazos en los que, de las denuncias de los/las profesionales de ADELTE Group o de las actuaciones llevadas a cabo por este, pudieran derivarse responsabilidades o los legalmente aplicables si estos fueran menores.

9. COMUNICACIÓN, ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO ÉTICO

La Dirección de ADELTE Group comunicará y difundirá entre todas las personas de ADELTE el contenido del presente Código. En ADELTE esperamos de cada una de las personas que forman parte de la organización un alto nivel de compromiso para la implantación de este.

El Código Ético y de Conducta es de obligado cumplimiento para todos los/las empleados/-as y profesionales de ADELTE Group, quienes deberán suscribirlo, comprometiéndose personalmente a su cumplimiento, así como a comunicar los posibles incumplimientos de los que se aperciban.

Este Código refleja los principios generales para guiar a los profesionales en la toma de decisiones éticas y no está destinado a abordar cada situación específica. Como tal, no hay nada en este Código que prohíba o limite a ADELTE la toma de cualquier acción disciplinaria en los temas relativos a los/las profesionales y su conducta, sea o no expresamente descrito en este Código.

Las comunicaciones sobre posibles dudas que pueda suscitar la interpretación del Código se remitirán al Comité de Compliance, sin perjuicio de la posibilidad del personal sujeto de acudir directamente a su superior jerárquico o al responsable de alguna área con los conocimientos suficientes para detectar si alguna conducta puede contravenir lo dispuesto en las normas internas o externas de ADELTE.

FORMULARIO DE DENUNCIAS

A través de este canal se pueden dirigir denuncias por incumplimientos legales de la organización o sus personas integrantes en los términos y condiciones de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Si tiene cualquier duda sobre otras cuestiones puede contactarnos a través de cualquier otro de los canales disponibles.

¿Qué se consideran incumplimientos normativos?

Sin ánimo excluyente ni limitativo, se consideran:

  • Robo, fraude, tráfico de influencia, blanqueo de capitales y financiación  del  terrorismo.
  • Conflicto de intereses
  • Prácticas anticompetitivas
  • Infracción en materia de Derechos Humanos
  • Infracciones en materia de Seguridad y Salud, Discriminación y Acoso
  • Infracciones en materia de protección de datos
  • Cuestiones relacionadas con Sistemas de la Información.
  • Incumplimiento de requerimientos de seguridad de un producto
  • Otros

¿Quién puede presentar una denuncia?

El canal ético está puesto a disposición de empleados, proveedores, clientes, colaboradores o terceros interesados.

¿Cómo puedo realizar una denuncia?

Se puede tramitar de forma verbal, presencial o escrita según se establece en el formulario del Canal, aceptando comunicaciones anónimas. Puede cursar su denuncia a través de:

  • Carta postal al domicilio social: Avda Josep Tarradelles, nº20 – 4ª Planta (08029) Barcelona – España
  • Formulario de Canal de Denuncia que encontrará en esta página web.

¿Cómo se tramitará la comunicación?

El  Comité de Compliance recibirá las comunicaciones garantizando además de los principios y plazos que rigen el proceso según la Ley 2/2023,  la confidencialidad y prohibición de represalias a la persona informante.

¿Qué principios asisten a la persona informante?

El sistema interno de información reúne las garantías de confidencialidad, no se podrá comunicar al denunciado la identidad del denunciante, con las excepciones legalmente previstas o en aquellos supuestos en los que este último lo consienta expresamente cuando, de lo contrario, no fuera posible proseguir con la investigación.

Respeto a la independencia, a la protección de datos, al secreto de las comunicaciones y las prácticas correctas de investigación, seguimiento y protección del denunciante y a ser informado de la resolución o archivo de la denuncia, en su caso.

¿Y al denunciado?

Derecho a que se le comunique que se encuentra en un proceso de investigación en el tiempo más breve posible, salvo que una comunicación temprana ponga en riesgo la investigación. Tiene derecho a aportar la documentación y datos que disponga en relación a los hechos denunciados, el acceso a los datos registrados excepto identidad denunciante y otras personas afectadas, ni ninguna otra información que pueda facilitar la identificación del denunciante. Finalmente tendrá derecho a que se le informe de la resolución, sobreseimiento de la resolución o archivo.

FORMULARIO DE DENUNCIAS DE CÓDIGO ÉTICO Y DE CONDUCTA

Los datos facilitados en este cuestionario por la persona que inicie el procedimiento, así como los recogidos a lo largo de la instrucción, serán tratados por ADELTE GROUP S.L. (en adelante ADELTE), con la exclusiva finalidad de dar cumplimiento a los objetivos del Canal Ético (Sistema de Gestión de Información) para los casos de comunicación de situaciones o conductas que puedan suponer una vulneración del Código Ético de ADELTE, un ilícito penal o un incumplimiento grave. La base jurídica para el tratamiento es el cumplimiento de las obligaciones de ADELTE y su compromiso para garantizar la protección de los derechos fundamentales de sus trabajadores.
Los datos serán conocidos por el Comité Compliance, por las personas para las que resulte imprescindible su conocimiento a fin de investigar los hechos denunciados y, en su caso y en función de la materia, cuando su conocimiento sea requerido por las autoridades competentes. En todo caso, los datos serán tratados con las máximas garantías de confidencialidad y conforme a la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
Se informará al denunciado en el plazo más breve posible de los hechos denunciados y sus derechos en materia de protección de datos, pero no se informará de la identificación del denunciante, a menos que éste hubiera otorgado su consentimiento expreso o hubiera obrado con mala fe. Se aceptará igualmente que la denuncia sea anónima.
Los datos serán conservados durante la instrucción del procedimiento, durante la tramitación de las medidas de auditoría interna que resultasen necesarias y, como máximo, durante la tramitación de los procedimientos judiciales que pudieran derivarse de la investigación realizada (como, por ejemplo, los que se deriven de las medidas disciplinarias adoptadas) y mientras puedan derivarse posibles responsabilidades. Una vez extinguidas las mismas, los datos serán eliminados.
El titular de los datos puede ejercer sus derechos dirigiéndose al Presidente del Comité de Compliance, mediante una solicitud escrita y firmada, adjuntando una copia de un documento que acredite su identidad. También se acepta denuncia por vía oral con las garantías que se consideren.
En particular, puede solicitar el acceso a sus datos personales, solicitar la rectificación de cualquier dato inexacto, solicitar la supresión de sus datos personales, solicitar la limitación del tratamiento, así como solicitar la portabilidad de estos, siempre en los términos previstos en la legislación vigente.

Además:
• Cuando la base jurídica para el tratamiento sea su consentimiento, podrá ejercer su derecho a revocar dicho consentimiento en cualquier momento;
• Cuando la base jurídica para el tratamiento sea el interés legítimo de ADELTE, podrá ejercer su derecho de oposición al tratamiento de los datos personales.
También informamos de que tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos si considera que se ha cometido una infracción de la legislación respecto al tratamiento de sus datos personales.
Además, estas personas podrán informar sobre estos hechos a la Autoridad Independiente de protección del Informante (A.A.I.) o ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes.